Minsa elimina requisitos innecesarios del TUPA
- Asociación Peruana de SSMA Asopesma
- 21 mar 2019
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Para avanzar en la simplificación administrativa, el Ministerio de Salud (Minsa) aprobó un nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) más accesible a los ciudadanos.
En efecto, mediante la Resolución Ministerial Nº 250-2019-Minsa, la autoridad en salud procedió con adecuar este instrumento a las normas de simplificación administrativa y al Decreto Legislativo 1310, que dispuso la obligación de todos los ministerios y sus dependencias a efectuar el análisis de la calidad regulatoria de las normas que expide.
El Minsa, de esa forma, eliminó 47 requisitos innecesarios en diversos trámites y se simplificaron otras 36 exigencias de sus procedimientos.
Lineamientos
Según la norma, en la Dirección General de Medicamentos (Digemid) se modificaron 32 procedimientos, otros 42 requisitos calificados de innecesarios fueron eliminados, y se procedió a simplificar 17 requisitos más.
Por su parte, la Dirección General de Salud Ambiental (Digesa) decidió la modificación de 15 procedimientos, la simplificación de 19 y la eliminación de otros cinco.
La simplificación de los requisitos, de esta manera, se justifica en el análisis de la calidad regulatoria de los procedimientos administrativos.
Es así que la eliminación de los requisitos corresponden a los procedimientos administrativos Nº 37, 48, 49, 54, 62, 63, 64, 115, 116, 136, 137, 138, 139, 140, 141, 143, 145, 146, 149, 151, 153, 165 y 166; así como de una tasa administrativa al procedimiento administrativo Nº 148.
Mientras que en materia de simplificación, se refieren a los procedimientos administrativos Nº 9, 10, 25, 27, 30, 36, 37, 39, 40, 41, 48, 49, 52, 54, 55, 56, 57, 59, 60, 62, 63, 65, 66, 68, 69, 70, 71, 72 y 74 contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA MINSA).
Prevención
El Minsa, por otro lado, aprobó la directiva sanitaria que establece nuevas responsabilidades para el funcionamiento de los comités de prevención de la mortalidad materna, fetal y neonata, mediante la R. M. Nº 251-2019-Minsa.
El objetivo es disminuir los índices de mortalidad materna, fetal y neonatal en el país.
Así, entre las nuevas competencias de este grupo de trabajo se encuentra la de realizar acciones orientadas a la prevención, la vigilancia y el control de los fallecidos en el componente poblacional.
En otra parte del documento, se sostiene que su modificación responde a la promoción de las condiciones que garanticen la adecuada atención en salud a esta población vulnerable, en términos aceptables de seguridad, oportunidad y calidad.
Por último, la norma reemplaza a la RM Nº 453-2006/Minsa, que orientaba las funciones de los entonces Comités de Prevención de Mortalidad Materna y Perinatal.
Justificación
Mediante el Decreto Legislativo 1310 se aprobaron medidas adicionales para la simplificación adminisatrativa, que entre otros aspectos, prevé el análisis de la calidad regulatoria (ACR) de todas las disposiciones normativas de alcance general, a excepción de las contenidas en leyes o normas con rango de ley, que establezcan procedimientos administrativos.
El objetivo del Ejecutivo, en este caso, fue identificar, reducir y/o eliminar aquellos que resulten innecesarios, injustificados, desproporcionados, redundantes o que no estén adecuados a la ley del procedimiento administrativo general o a las normas con rango de ley que les sirven de sustento.
Fuente: El Peruano




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